Consideraciones sobre la licenciatura en biología y su desempeño en el área de la salud

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Paraguay podría recortar importantes fondos en educación e investigación. (Freepik)
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Por la Asociación de Bioquímicos del Paraguay *

El proyecto de Ley que regula el desempeño profesional de los licenciados en biología con media sanción de la Honorable Cámara de Senadores motiva estas consideraciones. En dicho proyecto se considera que los estudios cursados en la licenciatura en ciencias, mención biología, confieren competencias para el ejercicio profesional en el ámbito de la salud para disciplinas como microbiología, biología molecular, inmunología, parasitología y bioquímica.

Esto, en contravención de lo estipulado en la ley que regula el ejercicio de la profesión de bioquímico (Ley 5986/17), Art. 7 inciso “a”, “p”, “q”, “r”; Art. 14, Art. 15 inciso “c”; que a su vez tiene base académica en los Criterios Nacionales de Calidad para la carrera de bioquímica estipulados por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (ANEAES).

Se puede reconocer que egresados con diferentes titulaciones de grado accedan mediante estudios avanzados al dominio de habilidades prácticas que se aproximan a las de otras profesiones. Pero en ningún caso podrán justificar que la totalidad de los egresados de las correspondientes carreras de grado tengan dichas habilidades.

En este punto es necesario recordar que una ley es “una normativa de alcance general y cumplimiento obligatorio” y que las competencias profesionales las otorga la titulación de grado. Siendo el único requisito exigible actualmente para el registro de los títulos profesionales y por tanto para el ejercicio profesional, no la especialización que se puede lograr en un posgrado.

La carrera de bioquímica en el Paraguay cuenta con un documento oficial que establece cómo se adquieren las competencias para diseñar, ejecutar, evaluar e interpretar pruebas químico – biológicas de interés clínico, o lo que es equivalente, aplicadas al diagnóstico humano y el cuidado de la salud.

Dicho documento estipula una duración mínima de 4.700 horas lectivas, y el cursado de asignaturas en ciclos básico, biomédico y profesional, con una clara orientación –sin excluir otras – hacia el desempeño en laboratorios de diagnóstico humano (laboratorios clínicos).

El plan curricular que se emplea en el Paraguay como referencia para acreditar las carreras de bioquímica tiene dicha orientación predominantemente clínica, que se aprecia con la inclusión de asignaturas químico – biológicas con carácter básico o general (Ej. fisiología, anatomía, histología, bioquímica, microbiología, inmunología, etc.) y las de orientación clínica profesional (Ej. bioquímica clínica, microbiología clínica, inmunología clínica, hematología, etc).

La Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Nacional de Asunción otorga el título de bioquímico. (UNA)

A esto se suman asignaturas de cursado obligatorio que dan contexto orientado a la salud, como salud pública o administración de laboratorios.

Este proceso se considera como el mínimo válido para habilitar a los egresados para el desempeño profesional con responsabilidad en los laboratorios de análisis clínicos para humanos.

Frente a estas exigencias, conferidas por ley y ratificadas en su protección por un recurso de amparo que limita la expedición de registro profesional a egresados de carreras acreditadas, el proyecto de Ley del Biólogo pretende que se confieran competencias equivalentes a las del bioquímico en cuanto a análisis con muestras humanas y destinadas al uso clínico, mediante el cursado de un plan de estudios de 3.000 horas en el que no se menciona una sola asignatura con orientación especifica al ámbito de la salud.

El plan de estudios de la licenciatura en ciencias, mención biología es la carrera más antigua del país, que se desarrolla en la Universidad Nacional de Asunción, contiene asignaturas que abarca todos los ámbitos de las disciplinas biológicas, sin vínculo declarado por la orientación clínica.

A pesar de esa realidad, el proyecto plantea el desempeño profesional aún en disciplinas no incluidas en el plan de estudios, como epidemiología o bacteriología específicamente. La aprobación del proyecto de ley con la redacción procedente de la Honorable Cámara de Senadores, daría lugar a tres situaciones absurdas:

-Conferir competencias profesionales a egresados que no las desarrollan durante sus estudios de grado, poniendo en riesgo a quienes reciban los servicios de tales profesionales.

-Asignar las mismas competencias a graduaciones universitarias con perfiles diferentes. 

-Habilitar al mismo desempeño profesional a egresados de dos carreras diferentes de la misma universidad, donde una de ellas cuenta con Criterios Nacionales de calidad y ley del ejercicio, y la otra no.

La carrera de bioquímica impone el tránsito ordenado de los estudiantes por asignaturas básicas, biomédicas y profesionales, que no solo aportan conocimientos, sino construyen un contexto que da significado a cada una de las disciplinas componentes para un ámbito de aplicación coherente desde el inicio.

Esto no se aprecia en el diseño de la licenciatura en ciencias, mención biología, y por tanto carece de razón conferir por ley a sus egresados competencias profesionales que ya fueron reservadas por ley a los egresados de bioquímica.

La Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Asunción otorga el título de licenciado en ciencias, mención biología. (FACEN-UNA)

* Este artículo fue enviado a Ciencia del Sur por la Comisión Directiva de la Asociación de Bioquímicos del Paraguay. La ABP fue fundada en 1976 desde el seno del Colegio de Químicos. En abril de 1981 varios bioquímicos ratificaron su compromiso y ABP pasó a ser una entidad con personería jurídica, reconocida por decreto N° 145  del 24 de agosto de 1983. Hoy aglutina a los profesionales del área de todo el país.

 

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5 COMENTARIOS

  1. Que una cosa sea legal no le da legitimidad. En el caso de la ley del bioquímico, claramente reprime la libre oportunidad de poder trabajar a biólogos paraguayos formados específicamente en ciertas áreas (que ciertamente se solapan, pero con enfoques diferentes desde el principio). Propongo que Ciencia del Sur organice un debate moderado -quizá con el profesor Manuel Silvero- y que nos ayude de paso a entender desde otra perspectiva las diferencias entre estas ramas de la ciencia. Además de analizar desde la epistemología y hasta quizás la ética.

  2. No tiene lógica su argumento. Lo que denota su posición es una pretensión de monopolio de cargos directivos en los laboratorios. Aunque sabemos que estos se obtienen por influencias de algún tipo. Lo que los bioquímicos no quieren ver es que el biólogo que tiene al lado compitiendo por el mismo cargo no es aquel Lic. Que se recibió con sus 3000 (o 4300 como en el curriculum de I. C. B.) sino un profesional especializado en un área con miles de horas más de especialización lograda en dos a cinco o inclusive más años. Así que creo que su denuncia se basa más bien en un temor a perder en una competencia.

  3. Una Ley tiene más peso que la Constitución?,les recuerdo que el Art. 86 establece que todos los ciudadanos tienen derecho al acceso laboral en condiciones dignas y justas. Por otro lado, es curioso el concepto de ciencia que manejan, pues independientemente del área, ésta es multidisciplinaria y pretender monopolizarla va en contra del avance de la misma

  4. La ley es sobre la profesion no sobre el posgrado o especializacion que hagas. Es un derecho a toda persona que possea el grado entendes pa guillermo, sin embargo no se dan cuenta que la ley presenta lagunas huecos etc eso es el problema y eso con lleva que hace que cualquier egresado sea o no un phD lo pueda ejercer. Dejen de hacer copy page de la ley y hagan bien las cosas, lastima que yo no tengo un tio en el parlamento a quien explicarle cual es la realidad. Si quieren realmente trabajar en equipo sean mas astutos. Increible es la forma de expresar de las chicas que le representan en las comisiones evaluadoras.

  5. Nathalia reprimir la competencia con leyes es lo que hacen…el mercado laboral y los concursos etc, se encargará de elegir al más idóneo. Si son carreras laboratoriales lo más lógico es que con la experiencia en el cargo aspires a ser jefe de laboratorio pero eliminar el derecho a competencia de acuerdo a méritos y aptitudes por no ser de x carrera es absurdo. En cada país se compite en las áreas transversales y porque no Paraguay? Si están seguros de su formación saldrán victoriosos en las competencias y al que no lo logré pues le tocará seguir capacitándose y presentarse a otros concursos es lo lógico y es lo que se pide. Acaso cuando hay bioquímicos que se presentan en concursos de botánica, entomología, ecología, alimentos etc se les cierra la puerta. En áreas transversales nos tocará trabajar con médicos, bioquimicos, agronomos, veterinarios, biotecnologos, quimicos, biologos, ambientalistas etc. Y todos y cada uno de ellos tienen derecho a competir y a aspirar a escalar de rango es la esencia profesional. También el derecho a tratar muestras biológicas y sistemas biológicos (conceptos que van mucho más que análisis clinicos), cosa que en la ley de ustedes mencionan como facultad solo del bioquimico La legalidad no es igual a la legitimidad.

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