El biológo Nicolás Martínez Torres tomando muestras. Es asistente curatorial del Museo Nacional de Historia Natural del Paraguay y encargado del banco de tejidos de la institución. (Gentileza)
4 min. de lectura

 

El ejercicio de la biología

La Licenciatura en Ciencias Mención Biología es una carrera generalista tal como lo indica el perfil del egresado en la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UNA. Los egresados de esta carrera conocen y aplican los principios y leyes que rigen el funcionamiento de las distintas formas de vida (abarcando todos los reinos y/o dominios), los virus, su organización biológica y su diversidad.

Así también conoce los organismos vivos, sus interacciones con otros seres vivos y con su medio ambiente, considerando aspectos morfológicos, moleculares, bioquímicos, ecológicos, etc. Además, aplica el procedimiento científico y es capaz de comunicar a la comunidad científica el resultado de sus investigaciones.

El campo de actividad de los biólogos es exageradamente amplio, y como toda gran área de la ciencia resulta imposible que un profesional la abarque completamente. Una consecuencia natural de esto es la especialización en una o algunas áreas de la misma. Es decir, normalmente un egresado se enfocará en alguna subárea según sus intereses, oportunidades y su formación posterior a su egreso del grado.

Este es uno de los motivos por los que resulta muy común que los egresados deseen perseguir formación de posgrado especializada en subáreas de la biología.

Así es como podemos encontrar a biólogos especializados en mastozoología (estudio de los mamíferos) que trabajan monitoreando reservas naturales o colectando muestras de especies silvestres. O también como parte de la vigilancia epidemiológica de virus que puedan saltar al humano (spillover) o tener biólogos especializados en métodos moleculares que tienen aplicaciones en estudios ecológicos, epidemiológicos, clínicos y hasta forenses.

Un ejemplo muy vigente de estos últimos son las biólogas moleculares que ya trabajaron por varios meses en el Laboratorio Central de Salud Pública haciendo tests de RT-PCR para diagnosticar COVID-19.

Habiendo tantas vertientes de especialización de la carrera, es natural que la comunidad de biólogos comparta espacios de trabajo con varios tipos de profesionales, por ejemplo con veterinarios, agrónomos, bioquímicos y biotecnólogos. En algunos casos, según la especialización que el biólogo tenga incluso desempeñan algunas funciones similares, pero siempre con una perspectiva profesional distinta.

¿Por qué necesitamos una ley?

Tomemos un ejemplo. El biólogo Walter Sandoval, egresado de la UNA, posee una maestría y un doctorado en microbiología por la Universidad Estatal de Carolina del Norte Raleigh (Estados Unidos). Al terminar su doctorado pasó a trabajar como investigador posdoctoral en la prestigiosa Universidad de Harvard.

Walter tiene amplia experiencia en fisiología microbiana y aplicaciones industriales de la microbiología, especialmente bioprocesos y fermentación. Ha retornado al país y se desempeña en la UNA como investigador en biología y como docente en carreras de biología, bioquímica e ingeniería.

microbiología aplicaciones
Walter Sandoval, microbiólogo paraguayo. (Cortesía)

Si mañana necesitáramos de la expertise del Dr. Sandoval para dirigir algún laboratorio del Ministerio de Salud o de Agricultura, tan pronto como el profesional intentara candidatarse para el puesto, descubriría que no puede participar de dicho concurso. Igualmente, si alguna industria desease aprovechar su valioso conocimiento en aplicaciones industriales de la microbiología, y lo quisiera nombrar director técnico de un laboratorio se vería legalmente imposibilitado.

Así como el Dr. Walter Sandoval, y las PhDs en biología que han venido trabajando en los tests del COVID-19, hay muchísimos otros profesionales de alto nivel que hoy en día se ven atrapados en un vacío legal causado por la falta de una ley que establezca los derechos y obligaciones del profesional de la biología.

Un obstáculo de particular importancia para este efecto son las prohibiciones establecidas en la Ley del Bioquímico (Ley 5986/2017).

La Ley del Bioquímico en su artículo 14 estipula que solo una persona con grado de bioquímico puede ser director técnico de un laboratorio. Además, establece en su artículo 7 funciones para los bioquímicos, algunas de las cuales se superponen con funciones de otros profesionales (incluidos los biólogos), y en su artículo 19 declara que quienes desempeñen esas funciones sin poseer el grado de bioquímico incurren en el ejercicio ilegal de esa profesión.

Por dar un ejemplo concreto, debido a esta ley, el Dr. Sandoval no puede “diseñar, optimizar y controlar bioprocesos sustentables, económica y ambientalmente, para la obtención de diversos productos o servicios biotecnológicos” -inciso L de la ley del bioquímico-, a pesar de que no le falta preparación alguna para el efecto y que tal vez se trate de la persona con conocimiento de más alto nivel en aplicaciones de este tipo.

Imagínense que uno fuese un contador con una maestría y que si preparase la contabilidad de una empresa sea acusado de ejercer ilegalmente la profesión porque no hizo el bachillerato técnico en contabilidad. Es algo similar a eso lo que ocurre actualmente. Tenemos profesionales de altísimo nivel, con formación muy superior a la del grado en su tema, quienes se ven amenazados de ser acusados de ejercer la bioquímica de forma ilegal por desempeñarse en el rubro en el que se formaron.

Los inconvenientes arriba citados tampoco se limitan a dificultades para profesionales del más alto nivel. El vacío legal arriba descrito afecta a todo biólogo que necesite, por ejemplo, tomar muestras del ambiente, de alimentos, de animales o de plantas. Sencillamente imposibilita ejercer la profesión del biólogo legalmente.

¿Qué contenido tendría la ley?

La propuesta de Ley del Biólogo, elaborada por el Colegio de Biólogos del Paraguay, tiene por objeto regular el ejercicio de la profesión del biólogo. Define áreas de acción de los profesionales de la biología, describe funciones que un biólogo puede desarrollar en los distintos ámbitos, y establece sus derechos y obligaciones.

La Ley del Biólogo no propone exclusividad para los biólogos a la hora de realizar estas funciones, simplemente busca que no se prohíba a los biólogos desempeñar sus labores porque algunas de estas tengan coincidencia con las de otros profesionales. Busca que no se ignore el derecho constitucional al trabajo digno y justo en condiciones de igualdad.

Por ejemplo, propone que los biólogos estén habilitados legalmente para concursar por puestos en los que desempeñarían funciones propias de su profesión.

De manera alguna esta ley pretende que los biólogos se apropien de las áreas de acción de otros profesionales. Tampoco habilita a los biólogos a realizar funciones para las que no están preparados, sino que busca eliminar un vacío legal y permitir el ejercicio digno de la profesión.

Esta ley tampoco establece que un biólogo especializado en mastozoología deba ser reconocido como un experto en biología molecular de parásitos, por el solo hecho de tener el título de grado en biología. Naturalmente, y como siempre ha sido, las habilidades específicas se demostrarán con los elementos de juicio en los concursos. Solo propone que no se elimine injustamente de concursos a profesionales por motivos espurios.

En la era del conocimiento, el trabajo interdisciplinario ya no es la excepción sino que es la norma y, en consecuencia, las áreas de desempeño de los profesionales ya no son compartimientos estancos. Otra característica de nuestro tiempo, es que la formación de grado es solo el primer paso para definir la carrera de un profesional.

Entonces, si tomamos el título de grado como único determinante del campo de acción de un profesional, caemos en un comportamiento arcaico que nos lleva desaprovechar valiosos recursos humanos, recursos que ningún país puede darse el lujo de desperdiciar, y mucho menos uno como el nuestro en el que hay tanto por hacer.

Entre las diferentes actividades de los biólogos se puede encontrar también la investigación y observación de aves. Aquí un avistamiento organizado por Ciencia del Sur en el Jardín Botánico de Asunción, dirigido por la bióloga Fátima Ortiz. (Ciencia del Sur)

¿Qué te pareció este artículo?

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (51 votos, promedio: 4,37 de 5)

Columnista y editora científica de Ciencia del Sur. MSc y PhD en Biología Parasitaria con énfasis en Biología Molecular aplicada a microorganismos por el Instituto Osvaldo Cruz (Fiocruz) de Río de Janeiro, Brasil. Fabiola obtuvo su licenciatura en Biología de la Facultad de Ciencias Naturales y Exactas de la Universidad Nacional de Asunción.

Realizó un posdoctorado en la Universidad de Bath (Inglaterra) y es colaboradora externa del Centro para el Desarrollo de la Investigación Cientifica.

Actualmente es Research Assistant en el Instituto Sanger de Cambridge, Reino Unido.

Compartir artículo:

9 COMENTARIOS

  1. Nosotros los paraguayos necesitamos de hurreros, de planilleros. de narcos , de mariguaneros, de polibandis, de motochorros, de trata de Blanca. de un ejército de para gavillas ejecutivos..y de algunos linces, militares, de Geo en las fronteras para coimear. Que biólogo katy piko! Esas cosas son de un pais, y de una sociedad sana, educada, respetuosa, y que ama la salud y la vidaa!.

  2. ¿Se imaginan ustedes todo el daño que puede causar en un juicio, un peritaje mal hecho por un novato incompetente recién salido de la universidad y sin experiencia alguna ni estudios posteriores; y que para nada es apto en lo que se refiere a hacer peritajes; pero que de todos modos está habilitado para todos los efectos por esta mal parida ley; que hoy se está estudiando?
    Aclaremos que lo de no apto, se deduce de lo que la propia autora del artículo, la Doctora Fabiola Román Maldonado, lo dejan en claro en su escrito.

    ¿Te imaginan lo que va a significar eso, para quién tiene su vida, su libertad y la totalidad de su patrimonio dependiendo de lo mencionado anteriormente?

    Esto es una cosa de locos. De locos realmente.

    • Y quien va a ser el pelotudo que dé tal responsabilidad a un profesional sin experiencia? sea bioquimico o biologo, ambos carecen de experiencia al salir de la facultad. Tembo la erea

      • La autoridad administrativa. Una autoridad que NO PUEDE ir en contra de lo que clara y expresamente manifiesta la ley. Y la ley deja en claro en su artículo 1 que, quién apenas egresó de la facultad, ya puede ejercer como biólogo a pesar de que ni remotamente está capacitado para ello.
        Es por eso que esta ley tiene que modificarse. Y sí, tembó la erea.

  3. Con la actual ley del biólogo, se afirma categóricamente quién es biólogo en el artículo 1. Es categórico el punto. Está claramente determinado por el artículo 1.
    Y por lo que escribe la autora de este artículo; el que biólogo caracterizado por ese artículo 1 NO ESTÁ NI REMOTAMENTE CAPACITADO para hacer todo lo que dicha ley sí le permitiría hacer.

  4. Los que defienden esta ley del biólogo, así como está la misma; dicen que con el artículo 7 de dicha ley se solucionan los problemas mencionados en comentarios anteriores. Eso es del todo falso. El artículo 7 se refiere a las autoridades administrativas que habrán de expedir las licencias o matrículas. Y las autoridades administrativas no pueden ir en contra de lo que clara y taxativamente marca la ley en forma imperativa.
    Y el artículo 1 de la ley nos dice en forma claramente quién es biólogo en el Paraguay. Y el reconocerlo como tal, de acuerdo a ese artículo 1, tiene un carácter imperativo y no discutible.

  5. Para que se entienda mejor lo anteriormente afirmando. En el Paraguay, la ley dice que para otorgar cédula de identidad se tiene que ser:
    – Paraguayo Natural.
    o
    – Paraguayo Naturalizado.
    o
    – Extranjero con Residencia Permanente.
    Esos, y solamente esos, son los requisitos por ley. No hay otros.
    Pues bien, ¿cuál es la autoridad administrativa encargada de expedir las cédulas en el Paraguay? La autoridad administrativa encargada de emitir las cédulas es el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.
    Por lo tanto, El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional no puede negarse a entregar la cédula a toda persona que reúna los requisitos mencionados, mediante el procedimiento de agregar otros requisitos diferentes a los que exige la ley.

    Así también, para el caso que nos ocupa con esta ley del biólogo en el Paraguay, las autoridades administrativas encargadas de dar las licencias o matrículas a los biólogos no pueden agregar otros requisitos diferentes a los que exige la ley. Y esta ley, así como está, en sus primeros tres artículos deja en claro cuales son los requisitos necesarios para ser considerado un biólogo, y que trabajos puede desempeñar el mismo. Y todo esto, cuando la misma autora de este artículo deja en claro que un biólogo así como está definido y enmarcado en la actual ley, NO ESTÁ CAPACITADO para hacer todo aquello que la actual ley sí le posibilita hacer.

  6. Que difícil se hace la lectura comprensiva en este pais!!! Como un recién egresado de cualquier profesión entraría a competir en un llamado a consurso para dirigir un laboratorio de genética molecular ? La lógica dice no jamás lo haría ni un a biólogo, ni un bioquimico, ni un médico, ni un ingeniero !!! No se de que mal parido habla, si no entiende lo que lee..!!!

Dejar un comentario

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí