Es la primera vez que Paraguay profesionaliza a sus investigadores con un marco regulatorio. (Ciencia del Sur)
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El miércoles 15 de marzo el Congreso de Paraguay sancionó el proyecto de ley “Que crea el Sistema Nacional de Investigadores (SISNI) y establece la Carrera del Investigador Científico” tras varios años de trámite legislativo. Si obtiene la aprobación del Ejecutivo, será la primera vez que los trabajadores de la investigación tendrán un marco legal específico en Paraguay, uno de los países que menos invierte en ciencia en Latinoamérica (0,16 % del PIB).

La Sociedad Científica del Paraguay (SCP), una de las nucleaciones más antiguas, celebró la sanción del proyecto en sus redes sociales.

Por su parte, el Centro para el Desarrollo de la Investigación Científica (CEDIC), aseguró que «es un día histórico para la ciencia en Paraguay. Felicitaciones a los investigadores científicos. Sin ciencia no hay futuro».

Para el biólogo y presidente de la Asociación de Investigadores Científicos del Paraguay (ADICIP), José Luis Cartes, el alcance de esta ley debe entenderse en el contexto de cómo está Paraguay hoy en materia de políticas e incentivos a la investigación científica.

Para el investigador, desde 2011 a la fecha, hubo mucho avance con la puesta en implementación de los distintos programas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), entre ellos: PROCIENCIA, que realiza llamados a concurso para financiar trabajos de investigación científica; PROINNOVA, orientado a la innovación sobre la base del conocimiento científico; y el PRONII, que es el incentivo económico para los investigadores, atendiendo a un proceso de llamado, inscripción y evaluación de sus méritos científicos.

«Con esta ley se está oficializando una carrera de investigador científico, ya no un mero programa de incentivos, y como tal nos estamos aproximando a lo que todos los países de la región poseen, una carrera donde la persona que se dedica a investigación científica pueda recibir un salario para dedicarse a ello. Con ello se establece un marco legal para la implementación efectiva de un Sistema Nacional de Investigación Científica, que es el punto al cual todavía el CONACYT no logró alcanzar», manifestó.

Según Cartes, los investigadores de la ADICIP confían en que la nueva ley permitirá una mejor inversión en I+D en el país y que brindará un argumento mucho más consistente para establecer líneas de financiamiento estables más allá de los programas temporales que están siendo ejecutados.

«Sabemos que es una tarea difícil, y que la ley no garantiza el adecuado financiamiento, pero es un paso importante contar con un sistema nacional legalmente establecido. Cabe acotar que invertir en ciencia implica también una inversión desde una etapa temprana en educación en general, es decir, la educación inicial, primaria, secundaria y terciaria también necesita una mayor inversión», indicó.

Cartes reconoció que eso necesariamente se ve opacado por urgencias graves, tales como la desnutrición, la pobreza o la salud, donde siempre hay necesidades muy básicas que requieren de inversión. No obstante, argumentó que es muy necesario trabajar en la concientización de toda la sociedad, porque invertir en educación y en ciencia reditúa en menores riesgos y en mayor desarrollo.

Retroceso en calidad y burocracia

José Luis Cartes de la ADICIP
José Luis Cartes, biólogo e investigador (Foto: Guyra Paraguay).

El biólogo opinó que, pese a los avances de 2011, lamentablemente desde 2018 se observa un notable retroceso. Muy pocas de las recomendaciones obtenidas a través de distintas iniciativas de evaluación de los programas, ya sean por consultorías externas o talleres nacionales, fueron aplicadas.

«Quizás hoy día haya más investigadores inscriptos, pero el dato correcto para evaluar es la cantidad y calidad de producción científica. Puedo asegurar que a partir de este año comenzará a declinar, pues los procesos de selección de proyectos de investigación financiados fueron muy criticados por su falta de objetividad y de criterio científico en la selección», puntualizó.

Criticó que hasta hoy día se publican resultados de proyectos de llamados anteriores a 2018, pero desde entonces a la fecha muchas investigaciones de buen nivel fueron descalificadas por cuestiones meramente administrativas, tales como una nota mal escrita o documento no presentado que no hace a la calidad de la investigación.

«Entonces todavía queda mucho trabajo por hacer, principalmente lograr que el CONACYT sea administrado y represente de forma real y efectiva a la comunidad científica del país, que entienda los procesos de evaluación científica y tenga un procedimiento claro y objetivo de selección de propuestas. También es necesario seguir trabajando por la construcción de fondos orientados a la investigación científica. Esas, creo yo, son las dos grandes áreas de trabajo», concluyó.

Saca al investigador de la marginalidad

Según Sergio Duarte Masi, rector de la Universidad Americana, miembro de la SCP y uno de los principales impulsores de la ley, la aprobación del Congreso es un logro inaudito que saca de la marginalidad a los investigadores.

Paraguay primavera científica
Sergio Duarte Masi, investigador y miembro de la Sociedad Científica del Paraguay (Foto: Ciencia del Sur)

«En primero término, establece el Sistema Nacional de Investigadores, que no establecía la ley original del CONACYT. En segundo lugar, establece los términos para que se incremente y refuerce la carrera del investigador en Paraguay, labor que por mucho tiempo estuvo enmascarada por otro tipo de profesión: en algunos casos, como en la Universidad Nacional de Asunción, como docente investigador; en otros lugares, con figuras administrativas. Pero con esta ley se reconoce que una persona puede hacer investigación como investigador y dedicarse a un área de la ciencia, con su propia dinámica. Ya no es una actividad marginal. Eso es posible con este marco regulatorio», señaló.

Duarte, quien fue uno de los redactores de la ley junto con la Dra. Antonieta Rojas de Arias (expresidenta de la SCP) y otros colegas, aclaró que la aprobación no significa mayor o mejor presupuesto para ciencia, ya que esto tiene que ver más con políticas públicas para investigación, y que los gobiernos paraguayos deben darse cuenta de que la investigación e innovación son pilares para el desarrollo del país.

Para Duarte, lo que falta es instalar el Fondo Nacional de Ciencia y Tecnología, que ya fue establecido por la ley que creó el CONACYT (1028/97) pero que nunca fue ejecutado. Esto fue reemplazado por préstamos de organismos internacionales, y actualmente por los royaltíes de Itaipú.

«Los préstamos o fondos tienen inicio y fin. La inversión no está instalada como política pública. Falta una política pública para la inversión en I+D+i, que se puede alimentar de varias fuentes, como por ejemplo de los impuestos gravados a los juegos de azar, casinos y tabaco. Pero se debe hacer», afirmó.

Versión final

PROYECTO-435925

El proyecto de ley sufrió varias modificaciones desde que ingresó al Congreso en junio de 2020 de la mano de diputados de varios partidos.

En dictámenes jurídicos enviados al Congreso, universidades y el propio CONACYT criticaron aspectos del proyecto, que adolecía de falta de claridad y precisión. La  Universidad de Villarrica del Espíritu Santo incluso la tachó de inconstitucional.

La versión final, modificada por la Cámara de Senadores en diciembre de 2022 y aprobada por la Cámara de Diputados, consta de 16 artículos (dos más que el proyecto inicial) y una redacción más esquematizada y pulida.

Entre los principales cambios están:

  • Artículo 3. Se define al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología como «la entidad rectora de la política científica encargada de la coordinación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Sistema Nacional de lnvestigadores
    (SISNl) y el Investigador Científico, serán parte del mismo y en calidad de agente».
  • Artículo 4. El Investigador Científico Independiente —aquel que no esté vinculado a ninguna entidad de educación superior pública o privada, o en un
    organismo público o privado de investigación— será una categoría excepcional que deberá «demostrar fehacientemente y con fundamentación al Sistema Nacional
    de Investigadores (SlSNl), la razón de su no vinculación».
  • Artículo 5, inciso 4: «[Derecho] A la inclusión e igualdad conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Constitución, garantizando la no exclusión ni discriminación según criterios de clase social, género, etnia, edad, identidad, cultura, discapacidad,
    precautelando el mérito científico como único principio definidor del acceso a la carrera del Investigador Científico, el desempeño de sus actividades de investigación y la promoción permanente de sus conocimientos y capacidad».
  • Artículo 7, Define los componenentes del Sistema Nacional de Investigadores (SISNI)   y los niveles de categorización de investigadores y plazos de permanencia en: Iniciante (2 años), Nivel 1 (3 años), Nivel 2 (4 años), Nivel 3 (5 años), y Emérito (vitalicio). Además establece que los incentivos económicos provendrán del Presupuesto General de la Nación.
  • Artículo 11, inciso 2: «Los investigadores cuyas actividades de investigación estén financiadas con fondos para la investigación, provenientes del Presupuesto General de la Nación, compartirán con la entidad financiadora la versión final aceptada para publicación en revistas u otros medios de difusión, a condición de que dicha entidad no la divulgue antes de su publicación en el medio científico en cuestión».
  • Artículo 12. De los principios éticos.
  • Artículo 14.
    • Se limita la ejecución de fondos para investigación a entidades públicas o privadas «en cuyas cartas orgánicas o estatutos sociales se consigne expresamente que la investigación científica forma parte de sus actividades institucionales».
    • Además, en un revés al último cambio en la Cámara de Diputados, vuelve a limitarse la posibilidad de ser agentes de ejecución de fondos a los investigadores de los dos niveles superiores, II y III. Este punto era uno de los que había generado más disconformidad entre la comunidad científica paraguaya, ya que los investigadores vinculados o independientes de los niveles Iniciante y I quedarían en relación de dependencia con los más antigüos o deberán vincularse a alguna institución para poder recibir fondos.
  • Artículo 15. La ley entrará en vigencia 180 días después de su promulgación y los investigadores migrarán automáticamente del PRONII al nuevo SISNI, el cual reemplazará al anterior y ocupará todos sus recursos financieros.

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Director ejecutivo de Ciencia del Sur. Estudió filosofía en la Universidad Nacional de Asunción (UNA) y pasó por el programa de Jóvenes Investigadores de la UNA. Tiene diplomados en filosofía medieval y en relaciones internacionales.
Condujo los programas de radio El Laboratorio, con temática científica (Ñandutí) y ÁgoraRadio, de filosofía (Ondas Ayvu).
Fue periodista, columnista y editor de Ciencia y Tecnología en el diario ABC Color y colaboró con publicaciones internacionales. Fue presidente de la Asociación Paraguaya Racionalista, secretario del Centro de Difusión e Investigación Astronómica y encargado de cultura científica de la Universidad Iberoamericana.
Periodista de Ciencia del Año por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (2017). Tiene cinco libros publicados.

Cofundador y editor general de Ciencia del Sur. Comunicador, docente universitario, traductor y divulgador, estudió filosofía en la Universidad Nacional de Asunción y ciencias de la computación en la Universidad París XI. Ha sido reportero y editor de portales de noticias latinoamericanos en español e inglés.

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1 COMENTARIO

  1. Habría que mencionar que el Diputado Sebastián García el proponente de esta ley.

    Es importante mencionar las autorías correspondientes.

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