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Por Dr. Andres Mojoli Le-Quesne *

Soy biólogo y no busco realizar diagnósticos clínicos. Esta última la considero una responsabilidad y competencia exclusiva de los médicos en sus diversas modalidades, que juntamente con datos provenientes del laboratorio y parámetros diversos como síntomas -y otros de los cuales no tengo competencia para referirme- realizan finalmente la importante labor del diagnóstico clínico, entre otras muchas.

Así pues, soy biólogo y no busco realizar diagnóstico clínico. También soy máster en biología celular y molecular, con un PhD en el mismo dominio del conocimiento. Y es esta enriquecedora experiencia uno de los asuntos que me gustaría compartir con el lector de Ciencia del Sur.

Inicié esta aventura emigrando al Brasil, específicamente a Río de Janeiro, ciudad en la que se encuentra la Fundación Oswaldo Cruz – FIOCRUZ. Obtener tales títulos de posgrado requirió un poco más de seis años, juntamente con una disertación y una tesis que fueron defendidas ante una mesa examinadora de reconocidos investigadores.

Pero eso fue “apenas” el final del proceso. Para llegar a ese momento cumbre, uno requiere una gran cantidad de tiempo dedicada al laboratorio realizando e interpretando resultados de diversos ensayos entre ellos cultivos, ELISAs, Western Blot, citometrías de flujo, RT-PCRs, microscopias electrónicas, de fluorescencia, y otros que son comunes en un laboratorio.

Estas actividades pueden durar en algunas ocasiones 10-12 horas diarias, sin mencionar que uno descubre que estas tareas se desarrollan también durante feriados festivos, domingos y que no hay vacaciones (días que un alumno de graduación dispone). Y las horas de laboratorio no son suficientes.

Existen otras tantas analizando los resultados obtenidos en estos ensayos laboratoriales y eso tampoco basta. Posteriormente se deben discutir esos resultados, interpretarlos y planificar otros ensayos laboratoriales en base a estos datos, o en caso contrario recomenzar las pruebas con una hipótesis diferente.

Andrés Mojoli Le-Quesne tiene una maestría y un doctorado en biología celular y molecular por la FIOCRUZ de Brasil. (Gentileza)

Uno destina adicionalmente otros largos períodos de tiempo discutiendo artículos científicos extranjeros, algunas horas más de preparación para presentar un trabajo en algún congreso internacional, y otras cursando materias como créditos de la maestría y del doctorado. Estas materias de conocimiento teórico se basan primordialmente en artículos científicos –ya que los investigadores consideran muchas veces a los libros como fuentes con informaciones “viejas”- y pueden también incluir horas prácticas adicionales en el laboratorio.

Todas estas actividades podrían parecer exigencias agobiantes, pero en realidad son parte crítica en la formación de un candidato a PhD, además de ser una de las mejores experiencias que este profesional puede experimentar.

Durante estos posgrados estudié diversos parásitos, comunicación intercelular, HIV-1 e inmunidad innata. Esas actividades las realizamos de forma multidisciplinaria biólogos, médicos, veterinarios, biomédicos y otros tantos. Todos en armonía y al mismo nivel sin distinción jerárquica basada en la graduación de cada uno.

Estas diversas y extensas actividades nos llevaron a publicar algunos artículos y otros continúan sometidos aguardando revisión y respuesta.

Concluidas esas horas que se volvieron años, volví al Paraguay, nuestra hermosa “isla rodeada de tierra”. Y fue aquí, en nuestro corazón de América del sur, donde percibí que otros colegas habiéndose graduado consideran una especialización de 18 meses como sinónimo de maestría y/o doctorado.

Además, recientemente algunos de ellos me sugirieron que yo no estaría en posesión de las suficientes horas de laboratorio, unas 400 alcanzadas en una pasantía. Según este razonamiento, las más de 4.000 horas oficiales obtenidas en una institución de renombre mundial no serían suficientes.

Y ya con un poco más de tiempo me encontré con la Ley del Bioquímico, que detalla cuáles son las competencias de este profesional, principalmente en el artículo 7.

En dicho documento, existe también un artículo llamativo, el #19. La Ley del Bioquímico deja entrever en dicho artículo que cualquiera que realizase algunas de las actividades en las que yo biólogo también me desenvuelvo podrá ser considerado infractor ejerciendo de manera ilegal la profesión del bioquímico.

Contrariamente, la Ley del Agrónomo reconoce expresamente que profesionales de otras carreras se encuentran facultados a desarrollar actividades en común (aclaración por completo ausente en la Ley del Bioquímico). Esta Ley del Agrónomo, como otras similares, no cuenta con un artículo de naturaleza punitiva como el #19.

Ahora bien, en nuestro país no existe aún una Ley del Biólogo promulgada equivalente a los ejemplos mencionados anteriormente. Sin embargo, contamos con un proyecto de Ley del Biólogo, actualmente con media sanción del Congreso. En este punto, es importante aclarar a la opinión pública que los biólogos no hacemos diagnostico clínico y esta ley tampoco nos habilitará a hacerlos.

Los biólogos pueden desarrollar diferentes trabajos y técnicas en varias áreas en las que se desempeñan. (Gentileza)

Este proyecto legislativo, en su apartado del área de salud, busca establecer los campos de actuación de nuestra carrera, tales como la realización de análisis laboratoriales, labor de naturaleza intrínseca a un biólogo especializado en salud humana, y con la posibilidad de suscribirlos.

A estas alturas, el lector podría preguntarse cuál es la importancia de una ley de esta naturaleza para profesionales biólogos. Actualmente, todos nos encontramos experimentando las terribles consecuencias del SARS-CoV-2. El flagelo de esta pandemia, y de las otras que vendrán (porque ellas llegarán, es apenas una cuestión de tiempo) ha visibilizado mundialmente la invalorable participación y compromiso de los biólogos en esta lucha.

Así a nivel internacional, entre estos profesionales pueden citarse a los biólogos moleculares, que en equipos multidisciplinarios, realizan una amplia variedad de tareas, entre estas las tan divulgadas PCR para detectar y/o cuantificar el virus en muestras humanas, secuencian el material genético del virus intentando entender los “secretos” de su genoma.

También estudian la respuesta inmunitaria frente a este patógeno, colaboran en predecir cómo la epidemia se comportará, ejecutan ensayos in vitro y en animales buscando sin descanso un fármaco y/o una vacuna que puedan finalmente liberarnos de esta cuarentena.

En este contexto, nuestro país no debe ser una excepción y, por ello, los profesionales biólogos debemos ser reconocidos y protegidos por una ley que nos otorgue la oportunidad de demostrar nuestras capacidades en estas y otras áreas.

El desafío de transformarnos en un país con economía de conocimiento, explícitamente presentado en el Plan Paraguay 2030, nos plantea varias exigencias, entre ellas un obligatorio aumento en el número de profesionales con posgrado, siendo esta la norma y no un complemento extra. Esto nos lleva a diferenciar entre el perfil de un recién egresado y el perfil de un biólogo de carrera.

No podemos ni debemos afirmar que el perfil de un profesional se establece apenas, y de forma indeleble, durante su proceso de graduación pues el conocimiento es altamente dinámico y demanda permanente actualización, ya no es suficiente quedarnos con el título de grado. Por todo esto, relegar a estos expertos, basados en su carrera de grado, es un alto precio que el país no puede pagar.

Yo soy apenas un grano de arena en esta isla, existe una gran cantidad de otros profesionales participantes de varios programas internacionales de posgrado. Entre estos, nuestro país ha invertido, y continúa costeando, sumas millonarias del erario público en el ambicioso e importante programa de Becas Carlos Antonio López (BECAL). Gracias a este y otros programas, ya han llegado, y continuarán arribando, compatriotas formados en las mejores universidades del mundo, muchos de ellos biólogos de diversas áreas.

Todos deben tener garantizada la oportunidad de demostrar su capacidad en las áreas en las que fueron formados. Caso contrario, nos expondremos a una fuga de estos cerebros, a limitarlos a la enseñanza frente a un pizarrón o a actividades que no se adecuan al perfil de un PhD formado con dinero público en una universidad internacional de primer nivel.

Debemos preguntarnos entonces, si habiendo invertido tanto, ¿podemos arriesgarnos a perder a estos profesionales y enfrentar sin ellos desafíos tan importantes como la próxima pandemia?

Agradezco a todos los amigos, amigas y colegas por la apreciación y sugerencias a este texto.

La reacción en cadena de la polimerasa (PCR, polymerase chain reaction) es una técnica de la biología molecular. El paradigma actual en ciencias es la multidisciplinariedad. (Flickr)

*Andres Mojoli Le-Quesne es biólogo por la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Asunción. Tiene una maestría y un doctorado en biología celular y molecular por la Fundación Oswaldo Cruz, de Brasil. Es investigador asociado del Centro para el Desarrollo de la Investigación Científica (CEDIC).

 

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15 COMENTARIOS

  1. El problema con la Ley del Biólogo es que acredita al Biólogo recién recibido a realizar Análisis Clínicos. Eso es lo que está mal!! No es el Biólogo PhD, no es el Biólogo Máster, especializado…
    La Carrera de Bioquímica está enfocada estrictamente a comprender la Fisiopatología de las enfermedades, no así la carrera de Biología que está enfocada a la Investigación…

    • La investigación es amplia, también se dedica a entender procesos fisiopatológicos conocidos, y por conocer.

      Mi tesis de doctorado se basó en estudiar la patogenesis del HIV-1, patología exclusiva de seres humanos.
      Saludos

    • Eso es mentira, en ninguna parte de la Ley del Biólogo dice que un egresado pueda realizar ninguna de las funciones citadas sin estar OBLIGADO a demostrar capacidad (ver art. 8 inc.b) la capacidad debe estar certificada, la presentación del título de grado NO ES SUFICIENTE

  2. Excelente articulo

    1. Cuando se comparan las carreras se tienen que comparar las competencias no el nombre de la materias em si.

    2. Para proteger el oficio se debe considerar lo que hacen otros paises mas avanzados:
    a. Definir carreras similares, biologia, bioquimica, quimica, microbiologia, etc.
    b. Tener experiencia previa (5 años) bajo el tutelaje de algun bioquimico, biologo o lo que fuese PROFESIONAL.
    c. Rendir un examen habilitante.

    Aca en Paraguay cometemos el error de que el titulo Universitario es el que habilita – el claro ejemplo es el arquitecto o el ingeniero que puede comenzar a construir antes de recibirse. En Europa o EEUU para ser ingeniero uno tiene que trabajar en el oficio bajo el tutelaje de un profesional por 5 años y luego toma un examen habilitante para volverse profesional – el ejemplo mas famosos es el «bar exam» que toman los abogados en EEUU.

  3. «No podemos ni debemos afirmar que el perfil de un profesional se establece apenas, y de forma indeleble, durante su proceso de graduación pues…» by Andres Mojoli Le-Quesne; quién escribió este más que interesante artículo.

    Pues con la actual ley del biólogo, SÍ se afirma, y de forma indeleble, el perfil del biólogo. Y se hace apenas se estable. Está claramente determinado por el artículo 1 de esta mencionada ley.
    Y esto es algo que se tiene que cambiar. Es imperativo que se haga tal cosa.

  4. ¿Se imaginan todo el daño que puede causar en un juicio, un peritaje mal hecho por un novato incompetente recién salido de la universidad y sin experiencia alguna ni estudios posteriores; y que para nada es apto en lo que se refiere a hacer peritajes; pero que de todos modos está habilitado para todos los efectos por esta mal parida ley?

    ¿Se imaginan lo que va a significar eso, para quién tiene su vida, su libertad y la totalidad de su patrimonio dependiendo de lo mencionado anteriormente?
    Esto es demencial.

  5. Los que defienden esta ley del biólogo, así como está la misma; dicen que con el artículo 7 de dicha ley se solucionan los problemas mencionados en comentarios anteriores. Eso es del todo falso. El artículo 7 se refiere a las autoridades administrativas que habrán de expedir las licencias o matrículas. Y las autoridades administrativas no pueden ir en contra de lo que clara y taxativamente marca la ley en forma imperativa.
    Y el artículo 1 de la ley nos dice en forma clara y taxativa quién es biólogo. Y el reconocerlo como tal, de acuerdo a ese artículo 1, tiene un carácter imperativo y no discutible.

  6. Para que se entienda mejor lo anteriormente afirmando. En el Paraguay, la ley dice que para otorgar cédula de identidad se tiene que ser:
    – Paraguayo Natural.
    o
    – Paraguayo Naturalizado.
    o
    – Extranjero con Residencia Permanente.
    Esos, y solamente esos, son los requisitos por ley. No hay otros.
    Pues bien, ¿cuál es la autoridad administrativa encargada de expedir las cédulas en el Paraguay? La autoridad administrativa encargada de emitir las cédulas es el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.
    Por lo tanto, el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional no puede negarse a entregar la cédula a toda persona que reúna los requisitos mencionados, mediante el procedimiento de agregar otros requisitos diferentes a los que exige la ley.

    Así también, para el caso que nos ocupa con esta ley del biólogo en el Paraguay, las autoridades administrativas encargadas de dar las licencias o matrículas a los biólogos no pueden agregar otros requisitos diferentes a los que exige la ley. Y esta ley, así como está, en sus primeros tres artículos deja en claro cuales son los requisitos necesarios para ser considerado un biólogo, y que trabajos puede desempeñar el mismo. Y todo esto, cuando la misma autora de este artículo deja en claro que un biólogo así como está definido y enmarcado en la actual ley, NO ESTÁ CAPACITADO para hacer todo aquello que la actual ley sí le posibilita hacer.

  7. Para que se entienda mejor lo anteriormente afirmando. En el Paraguay, la ley dice que para otorgar cédula de identidad se tiene que ser:
    – Paraguayo Natural.
    o
    – Paraguayo Naturalizado.
    o
    – Extranjero con Residencia Permanente.
    Esos, y solamente esos, son los requisitos por ley. No hay otros.
    Pues bien, ¿cuál es la autoridad administrativa encargada de expedir las cédulas en el Paraguay? La autoridad administrativa encargada de emitir las cédulas es el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.
    Por lo tanto, el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional no puede negarse a entregar la cédula a toda persona que reúna los requisitos mencionados, mediante el procedimiento de agregar otros requisitos diferentes a los que exige la ley.

    Así también, para el caso que nos ocupa con esta ley del biólogo en el Paraguay, las autoridades administrativas encargadas de dar las licencias o matrículas a los biólogos no pueden agregar otros requisitos diferentes a los que exige la ley. Y esta ley, así como está, en sus primeros tres artículos deja en claro cuales son los requisitos necesarios para ser considerado un biólogo, y que trabajos puede desempeñar el mismo. Y todo esto, cuando el mismo autor de este artículo deja en claro que un biólogo así como está definido y enmarcado en la actual ley, NO ESTÁ CAPACITADO para hacer todo aquello que la actual ley sí le posibilita hacer.

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